viernes, 8 de marzo de 2013

El 18 de Febrero se libero Declarasat 2013


logosat
El 18 de febrero del 2013 se liberó el programa Declarasat 2013, programa utilizado por las personas físicas para la presentación de su declaración anual del ejercicio 2012 y anteriores.

Con fundamento en el artículo 175 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) las personas físicas están obligadas a presentar la declaración anual del ejercicio que corresponda en el mes de abril del año siguiente. Tanto el cálculo del ISR como del IETU del ejercicio se presentan conjuntamente en la citada declaración anual.
El fundamento para la utilización del Declarasat es la regla II.2.8.2.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal del 2013, sin embargo, bajo la regla I.3.16.3 de la RMF-13 la declaración anual se considerara presentada hasta el 1 de abril cuando se presenten de febrero a marzo del 2013, dato para tomarse en cuenta si es que se quiere presentar la declaración antes de abril.
Cabe mencionar que si intenta enviar a través del portal del SAT alguna declaración generada con versiones no vigentes ésta será rechazada.
Si desea descargar el programa Declarasat lo podrá hacer a través del siguiente enlace de la página del SAT  http://goo.gl/NVOsZ

Nuevas reglas para el otorgamiento de créditos del Infonavit


El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores emitió en el Diario Oficial las nuevas reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores. Conozca algunas de las novedades que contienen.
El día 27 de febrero de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la "Resolución por la que se aprueban las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores"; entre las principales novedades se encuentran:
• Cuando los trabajadores deseen adquirir una casa en un municipio que no corresponde al de la empresa donde labora, éste deberá depositar previamente un porcentaje que el mismo INFONAVIT establezca como garantía.
• La puntuación mínima exigible se determinará por localidad y tipo de vivienda.
• Los trabajadores podrán solicitar un segundo crédito de vivienda en coparticipación con entidades financieras, siempre que hayan liquidado en su totalidad el primer crédito otorgado.
• Para los gastos de titulación y financieros el INFONAVIT descontará un porcentaje del monto del crédito, anteriormente se establecía en forma fija un 5%.
• Ahora los trabajadores deberán contratar una cobertura de protección de pagos del crédito, ya sea mediante un seguro o un fondo mutualista.
Usted puede consultar las reglas en el siguiente enlace del DOF: http://goo.gl/AQ2FH.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO DE DIRECTIVO, GERENCIA O ENCARGADA DEL NEGOCIO, DE CONFIANZA Y SUJETO A PRUEBA


NOTA:

El trabajo de confianza es de los considerados por la LFT, como trabajos especiales y esta regulado por los artículos 4, 5, 9, 36, 37, 39, 49 ; 182 al 186.

Condiciones de trabajo

Artículo 184. Las condiciones de trabajo contenidas en el contrato colectivo que rija en la empresa o establecimiento se extenderán a los trabajadores de confianza, salvo disposición en contrario consignada en el mismo contrato colectivo.

Rescisión

Artículo 185. El patrón podrá rescindir la relación de trabajo si existe un motivo razonable de pérdida de la confianza, aun cuando no coincida con las causas justificadas de rescisión a que se refiere el artículo 47.

El trabajador de confianza podrá ejercitar las acciones a que se refiere el capítulo IV del Título Segundo de esta Ley.

NATURALEZA JURIDICA DE LA CONFIANZA

Artículo 9°. La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto.