lunes, 30 de diciembre de 2013

Nomina Electronica, un plazo mas!



Cd. de México, México.- Empresas y contribuyentes que estén obligados a partir de 2014 a emitir recibos de nómina digitales también obtuvieron facilidades por parte del fisco para cumplir con la medida.

De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, los contribuyentes debían comenzar a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por concepto de nómina a partir del 1 de enero próximo.

Para cumplir con lo dispuesto en el artículo 29, fracción V del Código Fiscal de la Federación (CFF) y el artículo 99, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), los contribuyentes tienen que entregar o enviar a sus trabajadores el formato electrónico XML de las remuneraciones cubiertas en el periodo.

Sin embargo, con la Resolución Miscelánea la obligación entrará en vigor hasta el 1 de abril del próximo año.

Esa resolución estableció que los contribuyentes que se encuentren imposibilitados para cumplir con lo establecido en la ley podrán entregar una representación impresa del CFDI de las remuneraciones cubiertas.

Asimismo, dichas representaciones en papel del CFDI deberán contener al menos el folio fiscal del documento, el RFC del empleador y del empleado.

Anteriormente, la autoridad señaló que los comprobantes de nómina deberían incluir por lo menos 12 apartados de información obligatoria como el desglose de las remuneraciones, retenciones, antigüedad del trabajador y tipo de contratación.

El SAT ha dicho que las nóminas digitales serán otro medio de información para la correcta fiscalización de las empresas.

Por Gonzalo Soto

Sin IVA para 2014 en Regimen .....

A 5 días de que entre en vigor, la reforma fiscal fue suavizada en algunos de sus puntos.

Algunos sectores recibirán "estímulos" para compensar el alza de impuestos, en tanto que la carga fiscal para algunos productos se pospuso.

Por ejemplo se liberará de la carga del IVA a los negocios que están actualmente en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos).

De acuerdo con la reforma, estas empresas tendrán que iniciar su transición al Régimen de Incorporación Fiscal, así como facturar cuando el cliente lo solicite, por lo que deberán desglosar el pago del IVA.

Para no afectarlos, se establecerá un estímulo fiscal equivalente a ese impuesto.

También destaca que se mantendrá para el próximo año la deducción de colegiaturas.

Por otra parte, las empresas dedicadas a dar servicios de hotelería a extranjeros que participen en convenciones o congresos tendrán un estímulo fiscal equivalente al IVA, que a partir de enero se les cobrará.

Este beneficio se aplicará siempre y cuando no trasladen el impuesto al cliente.

Los chicles y gomas de mascar también recibieron estímulos. Con la reforma habían quedado doblemente gravados: con IVA y con Impuesto Especial a Producción y Servicios (IEPS) por ser considerados "de alta densidad calórica".

Con la adecuación dada a conocer ayer, sólo pagarán el IVA.

A su vez, a los vendedores e importadores de turbosina, a los que ahora se les aplicará un impuesto especial (IEPS), se les otorgará una compensación equivalente a dicho gravamen.

La justificación gubernamental es que no se incremente el precio de la turbosina para el sector aéreo.

Los ajustes a la reforma fiscal fueron decretados por el Presidente Enrique Peña con el objetivo de reducir los efectos que tendrá la aplicación de la miscelánea fiscal en 2014.

En el decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se explica que la idea es cuidar la competitividad de los sectores afectados por la reforma.

"El Ejecutivo Federal a mi cargo cuenta con facultades para eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones o sus accesorios; dictar medidas relacionadas con la administración y control de las obligaciones fiscales, a fin de facilitar su cumplimiento a los contribuyentes", señala.

Otro de los ajustes es que se darán facilidades de pago a las empresas mineras que tienen una concesión y que ahora deberán cubrir un "derecho especial y extraordinario" sobre sus ingresos anuales.

En lugar de hacer el pago en una sola exhibición, podrán hacerlo trimestralmente sobre la estimación de los ingresos anuales.

Por Laura Carrillo

Prorroga para Facturación Electrónica

Las personas físicas con ingresos anuales de hasta 500 mil pesos podrán continuar expidiendo facturas en forma impresa hasta el 31 de marzo de 2014, publicó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

A partir del 1 de abril, deberán migrar al esquema de facturación digital o comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), como se les conoce formalmente, según el proyecto de resolución miscelánea 2014 emitido por el SAT y publicado en su página de internet el 24 de diciembre.

También las empresas y personas físicas con ingresos superiores a 500 mil pesos anuales en su último ejercicio fiscal podrán diferir hasta el 31 de marzo el uso de CFDI por concepto de remuneraciones o nómina.

Para ejercer esta opción tienen que avisar a través de la sección "Mi portal" en la página de internet del SAT.

De la misma forma, los Repecos que opten por entrar al nuevo régimen de incorporación fiscal, tampoco estarán obligados a iniciar con la emisión de factura digital el 1 de enero y también tendrán hasta el último día de marzo para emitir en papel.

Este año los legisladores modificaron el Código Fiscal de la Federación 2014 para que el CFDI fuera obligatorio para todos los contribuyentes a partir del 1 de enero.

Sin embargo, haciendo uso de las facultades, el SAT definió nuevos plazos para facilitar esta obligación.

Para los contribuyentes que tienen que emitir factura digital porque así se los exigen sus clientes o su actividad, el SAT presentó el Sistema de Registro Fiscal, una facilidad administrativa con la que se ahorrarán el trámite de obtener el sello digital y utilizar la Firma Electrónica Avanzada.

Según el documento del organismo, esta opción será para los contribuyentes que formen parte del nuevo régimen de incorporación fiscal y para las personas físicas con actividad empresarial.

Sólo requerirán utilizar el Registro Federal de Contribuyentes y una contraseña, e ingresar a la opción "Factura Electrónica" en el sitio de internet del SAT.

Ahí capturarán ingresos y gastos y tendrán la opción, desde esa misma aplicación, de emitir los CFDI si así lo requiere el cliente.

Cuando se reciba una factura que fue elaborada por este nuevo sistema, los contribuyentes podrán obtener el archivo XML ingresando a la página de internet, por lo que los emisores no estarán obligados a entregar impresa la factura.

Los que opten por este mecanismo, tendrán restringido el uso de sellos digitales.

La resolución miscelánea fiscal para 2014 todavía no está publicada en el Diario Oficial.

Para los incumplidos inconformes

Según el Código Fiscal de la Federación, el SAT puede hacer públicos los datos de los contribuyentes inclumplidos. Si es su caso, usted puede inconformarse:

• Tiene el derecho de solicitar una aclaración al SAT, en la cual puede aportar las pruebas que le convengan.

• La aclaración puede presentarse en la opción "Mi portal" dentro del sitio del SAT, personalmente en un módulo o a través del 001800 4636 728.

• El SAT tiene la obligación de resolver en tres días hábiles luego de recibir el documento.

• Si es procedente la aclaración, se eliminarán los datos del contribuyente publicados en la página.

Fuente: SAT

lunes, 9 de diciembre de 2013

10 Cosas que debes saber sobre factura electrónica

A partir del 1 de enero de 2014 será obligatorio el uso de la Factura Electrónica. Como han habido cambios, te decimos qué es lo más importante que debes saber para comenzar a usar el nuevo modelo de facturación, pues de lo contrario será imposible hacerlo o emitir recibos de pago de nómina.

1 Las facturas impresas con código de barras y las facturas en la versión de Comprobante Fiscal Digital (CFD) ya no serán válidas para deducir el ISR y acreditar el IVA. Ahora, deberás usar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

2 Para usar los CFD, el contribuyente debía ganar 250 mil pesos o más. Con los CFDI, no importa el ingreso, es obligatorio para todos.

3 El nuevo complemento de nómina contiene datos adicionales como CURP, fecha de inicio de relación laboral, número de semanas contratadas, número de seguridad social, tipo de jornada, contrato laboral e incapacidades.

4 Para cambiar al CFDI necesitas contar con tu Firma Electrónica Avanzada (FIEL), tramitar tu Certificado de Sello Digital en el sitio web del SAT y ponerte en contacto con uno de los Proveedores Aprobados de Certificación (PAC).

5 Actualmente existen 70 PAC. Para conocer cuales son y obtener datos de contacto, consulta la página web del SAT.

6 Define cuáles son tus necesidades de facturación y busca un PAC que se adapte a ellas.

7 Un PAC te debe ofrecer servicios como la emisión de los CFDI, el nuevo complemento de nómina, timbrado y un conjunto de beneficios gratuitos como integración de logotipo, acceso al sistema desde cualquier lugar a cualquier hora, así como asesoría y soporte.

8 Para identificar a un proveedor confiable, asegúrate que el precio sea justo, que identifique tus necesidades y que te dé una prueba gratuita, además de beneficios adicionales al sistema de facturación.

9 La Facturación Electrónica ofrece beneficios como seguridad, eficiencia en los procesos administrativos y ahorro en gastos de impresión.

10 Los PAC y el SAT trabajan de la mano por lo que te puedes comunicar con ellos si tienes alguna duda.

Fuente: Luis Jorge Arana, director comercial de DigiFact; y Daniel Valdez, director comercial de InvoiceOne.