Daniel Reyes, Antonio Baranda y Luis Hernández
La Secretaría de Gobernación sacó de la jugada al llamado "zar de los casinos".
La dependencia revocó el permiso federal que permitía a Juan José Rojas Cardona operar hasta 50 casas de apuestas en el País.
La acción contra la empresa Entretenimiento de México (Emex) fue dictada el pasado 1 de abril y publicada en la página de internet de la Dirección General de Juegos y Sorteos como un proceso concluido.
El reporte señala que Emex no acreditó su legal funcionamiento e incumplió las condiciones de operación del permiso DGAJS/SCEVF/P-06/2005, expedido el 25 de mayo de 2005, durante el Gobierno panista de Vicente Fox.
Esa autorización federal le permitía operar hasta 50 casas de apuestas a la empresa, donde el socio mayoritario es Arturo Rojas Cardona, hermano del "zar".
La vigencia del permiso de la Secretaría de Gobernación vencía hasta el 25 de mayo del año 2030.
lunes, 21 de abril de 2014
Entorpece SAT devolución de IVA
Los contribuyentes con saldos a favor de IVA se han topado con la negativa y atraso del fisco en sus devoluciones.
"Hay un problema en el tema de las devoluciones que es que Hacienda no está devolviendo el IVA en el plazo que marca la ley".
"El SAT está poniendo trabas y rechaza las mismas solicitudes con peticiones que no había hecho antes de información y ya muchos contribuyentes se han estado quejando", explicó Manuel Toledo, ex presidente de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.
De acuerdo con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación (CFF), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está obligado a regresar en un plazo no mayor a 40 días los saldos a favor que los contribuyentes tengan de ese impuestos.
Según lo relatado por algunos fiscalistas y contribuyentes, existen los casos en los que la autoridad se extiende más allá de los 40 días para realizar la devolución de impuestos, pero también hay situaciones en las que el contribuyente tiene que volver a realizar la petición.
"Conocemos de casos en los que el contribuyentes ha tenido que presentar la petición de devolución en cuatro ocasiones", afirmó.
En 2013, la devoluciones de IVA sumaron 263 mil 968 millones de pesos, lo que representó la primera caída en el monto regresado a los contribuyentes por parte del fisco en los últimos ocho años.
Las devoluciones de IVA se solicitan de manera mensual a la autoridad por el excedente del pago de ese gravamen que se realiza con las operaciones cotidianas de una empresa.
En algunos casos, como las empresas que exportan muchos productos constantemente, el tiempo de devolución prometido por la autoridad es de 5 días, aunque de acuerdo con otro fiscalista, ese plazo tampoco lo ha respetado la autoridad.
"Puedo dar un ejemplo de la vida real con un cliente en el que la devolución es procedente por una cantidad importante".
"Es un caso del sector aeronáutico en el que llevamos 24 meses y no ha habido devolución, a pesar de que ahí está toda la documentación", mencionó Armando Nuricumbo, vicepresidente del sector empresas del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
El SAT está siendo muy cuidadoso al momento de devolver el IVA, con más filtros y cuestionamientos, pues no desea sacar de sus arcas tantos recursos como en el pasado ni permitir abusos, opinó.
"Es un proceso complicado, eso es un hecho, para quienes estamos involucrados en el tema de devoluciones es cada vez menos automático, hay más escrutinio y preguntas, en parte también es culpa de algunos contribuyentes", afirmó.
Se pone estricto
Luego de años de crecimiento, las devoluciones del IVA por parte del fisco son más difíciles de conseguir.
DEVOLUCIONES DE IVA (Millones de pesos, cierre de cada año)
2006 137,980
2013 263,968
Fuente: SAT
Por: Gonzalo Soto
"Hay un problema en el tema de las devoluciones que es que Hacienda no está devolviendo el IVA en el plazo que marca la ley".
"El SAT está poniendo trabas y rechaza las mismas solicitudes con peticiones que no había hecho antes de información y ya muchos contribuyentes se han estado quejando", explicó Manuel Toledo, ex presidente de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.
De acuerdo con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación (CFF), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está obligado a regresar en un plazo no mayor a 40 días los saldos a favor que los contribuyentes tengan de ese impuestos.
Según lo relatado por algunos fiscalistas y contribuyentes, existen los casos en los que la autoridad se extiende más allá de los 40 días para realizar la devolución de impuestos, pero también hay situaciones en las que el contribuyente tiene que volver a realizar la petición.
"Conocemos de casos en los que el contribuyentes ha tenido que presentar la petición de devolución en cuatro ocasiones", afirmó.
En 2013, la devoluciones de IVA sumaron 263 mil 968 millones de pesos, lo que representó la primera caída en el monto regresado a los contribuyentes por parte del fisco en los últimos ocho años.
Las devoluciones de IVA se solicitan de manera mensual a la autoridad por el excedente del pago de ese gravamen que se realiza con las operaciones cotidianas de una empresa.
En algunos casos, como las empresas que exportan muchos productos constantemente, el tiempo de devolución prometido por la autoridad es de 5 días, aunque de acuerdo con otro fiscalista, ese plazo tampoco lo ha respetado la autoridad.
"Puedo dar un ejemplo de la vida real con un cliente en el que la devolución es procedente por una cantidad importante".
"Es un caso del sector aeronáutico en el que llevamos 24 meses y no ha habido devolución, a pesar de que ahí está toda la documentación", mencionó Armando Nuricumbo, vicepresidente del sector empresas del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
El SAT está siendo muy cuidadoso al momento de devolver el IVA, con más filtros y cuestionamientos, pues no desea sacar de sus arcas tantos recursos como en el pasado ni permitir abusos, opinó.
"Es un proceso complicado, eso es un hecho, para quienes estamos involucrados en el tema de devoluciones es cada vez menos automático, hay más escrutinio y preguntas, en parte también es culpa de algunos contribuyentes", afirmó.
Se pone estricto
Luego de años de crecimiento, las devoluciones del IVA por parte del fisco son más difíciles de conseguir.
DEVOLUCIONES DE IVA (Millones de pesos, cierre de cada año)
2006 137,980
2013 263,968
Fuente: SAT
Por: Gonzalo Soto
miércoles, 19 de marzo de 2014
Regulados los monederos electrónicos (gasolineras)
La reforma fiscal le dio energía a las empresas proveedoras de monederos electrónicos para combustible.
Estas compañías han visto crecimientos de doble dígito en sus ventas en lo que va del año.
Desde enero, todos los usuarios de las gasolinerías que deseen deducir 100 por ciento de sus erogaciones en combustible como gastos operativos, ya no pueden usar los estados de cuenta de tarjetas de crédito o débito, como sucedía antes.
Ahora están obligados a solicitar Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) por cada consumo, lo cual resulta incómodo, consume tiempo e incluso provoca que algunos operadores prefieran no facturar.
Sin embargo, las compañías de monederos electrónicos, muchas de las cuales ya existían, obtuvieron permiso del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para fungir como nueva herramienta de comprobación.
Alfredo Bernacchi, director de Soluciones de Edenred, empresa que maneja la tarjeta Ticket Car, explicó que esta alternativa facilita la operación de las empresas con flotillas de vehículos, pues les permite sustituir todas las facturas electrónicas de un mes por una sola, basada en el estado de cuenta del monedero.
El directivo explicó que ha detectado un gran desconocimiento de los cambios que trajo la reforma fiscal en materia de deducción de gastos de combustible entre las empresas a las que ofrece sus servicios.
Esto podría provocar mayores gastos para las compañías debido a que, si no han solicitado comprobantes fiscales digitales en cada recarga de combustible que realicen sus vehículos, no podrán deducir este gasto en los próximos meses y tendrán que absorberlo.
Los monederos electrónicos han sido habilitados por algunas cadenas de gasolineras, como Megasur, que opera en la Península de Yucatán, pero principalmente por empresas especializadas en este tipo de dispositivos, como la propia Edenred, Sodexo, Ultra Gas y Transfer Gas.
Sin embargo, de acuerdo con Bernacchi, no todos los monederos electrónicos cuentan con autorización del SAT, por lo que recomendó a los usuarios ser cuidadosos en su selección.
El mayor reto al que se han enfrentado estos proveedores es la falta de conocimiento de las empresas sobre la utilidad de los monederos electrónicos.
A pesar de esto, Edenred informó que, en los primeros dos meses de 2014, superó por un margen "considerable" la tasa de crecimiento de 20 por ciento en sus ventas que registró en todo 2013.
En esta liga del SAT viene la lista de todos los proveedores autorizados:
http://www.sat.gob.mx/terceros_autorizados/monederos_electronicos/Paginas/emisores_monelectro_combustibles_autorizados.aspx
Muchos jugadores
Así luce el mercado de los monederos electrónicos especializados en la carga de combustible.
43 firmas son emisores de monederos electrónicos de combustibles autorizados.
12 compañías no pudieron renovar su autorización ante el SAT.
10 millones de pesos de capital, uno de los requisitos para retener la autorización.
Por Alan Miranda
lunes, 30 de diciembre de 2013
Nomina Electronica, un plazo mas!
Por Gonzalo Soto
Sin IVA para 2014 en Regimen .....
A 5 días de que entre en vigor, la reforma fiscal fue suavizada en algunos de sus puntos.
Algunos sectores recibirán "estímulos" para compensar el alza de impuestos, en tanto que la carga fiscal para algunos productos se pospuso.
Por ejemplo se liberará de la carga del IVA a los negocios que están actualmente en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos).
De acuerdo con la reforma, estas empresas tendrán que iniciar su transición al Régimen de Incorporación Fiscal, así como facturar cuando el cliente lo solicite, por lo que deberán desglosar el pago del IVA.
Para no afectarlos, se establecerá un estímulo fiscal equivalente a ese impuesto.
También destaca que se mantendrá para el próximo año la deducción de colegiaturas.
Por otra parte, las empresas dedicadas a dar servicios de hotelería a extranjeros que participen en convenciones o congresos tendrán un estímulo fiscal equivalente al IVA, que a partir de enero se les cobrará.
Este beneficio se aplicará siempre y cuando no trasladen el impuesto al cliente.
Los chicles y gomas de mascar también recibieron estímulos. Con la reforma habían quedado doblemente gravados: con IVA y con Impuesto Especial a Producción y Servicios (IEPS) por ser considerados "de alta densidad calórica".
Con la adecuación dada a conocer ayer, sólo pagarán el IVA.
A su vez, a los vendedores e importadores de turbosina, a los que ahora se les aplicará un impuesto especial (IEPS), se les otorgará una compensación equivalente a dicho gravamen.
La justificación gubernamental es que no se incremente el precio de la turbosina para el sector aéreo.
Los ajustes a la reforma fiscal fueron decretados por el Presidente Enrique Peña con el objetivo de reducir los efectos que tendrá la aplicación de la miscelánea fiscal en 2014.
En el decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se explica que la idea es cuidar la competitividad de los sectores afectados por la reforma.
"El Ejecutivo Federal a mi cargo cuenta con facultades para eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones o sus accesorios; dictar medidas relacionadas con la administración y control de las obligaciones fiscales, a fin de facilitar su cumplimiento a los contribuyentes", señala.
Otro de los ajustes es que se darán facilidades de pago a las empresas mineras que tienen una concesión y que ahora deberán cubrir un "derecho especial y extraordinario" sobre sus ingresos anuales.
En lugar de hacer el pago en una sola exhibición, podrán hacerlo trimestralmente sobre la estimación de los ingresos anuales.
Por Laura Carrillo
Por Laura Carrillo
Prorroga para Facturación Electrónica
Las personas físicas con ingresos anuales de hasta 500 mil pesos podrán continuar expidiendo facturas en forma impresa hasta el 31 de marzo de 2014, publicó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
A partir del 1 de abril, deberán migrar al esquema de facturación digital o comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), como se les conoce formalmente, según el proyecto de resolución miscelánea 2014 emitido por el SAT y publicado en su página de internet el 24 de diciembre.
También las empresas y personas físicas con ingresos superiores a 500 mil pesos anuales en su último ejercicio fiscal podrán diferir hasta el 31 de marzo el uso de CFDI por concepto de remuneraciones o nómina.
Para ejercer esta opción tienen que avisar a través de la sección "Mi portal" en la página de internet del SAT.
De la misma forma, los Repecos que opten por entrar al nuevo régimen de incorporación fiscal, tampoco estarán obligados a iniciar con la emisión de factura digital el 1 de enero y también tendrán hasta el último día de marzo para emitir en papel.
Este año los legisladores modificaron el Código Fiscal de la Federación 2014 para que el CFDI fuera obligatorio para todos los contribuyentes a partir del 1 de enero.
Sin embargo, haciendo uso de las facultades, el SAT definió nuevos plazos para facilitar esta obligación.
Para los contribuyentes que tienen que emitir factura digital porque así se los exigen sus clientes o su actividad, el SAT presentó el Sistema de Registro Fiscal, una facilidad administrativa con la que se ahorrarán el trámite de obtener el sello digital y utilizar la Firma Electrónica Avanzada.
Según el documento del organismo, esta opción será para los contribuyentes que formen parte del nuevo régimen de incorporación fiscal y para las personas físicas con actividad empresarial.
Sólo requerirán utilizar el Registro Federal de Contribuyentes y una contraseña, e ingresar a la opción "Factura Electrónica" en el sitio de internet del SAT.
Ahí capturarán ingresos y gastos y tendrán la opción, desde esa misma aplicación, de emitir los CFDI si así lo requiere el cliente.
Cuando se reciba una factura que fue elaborada por este nuevo sistema, los contribuyentes podrán obtener el archivo XML ingresando a la página de internet, por lo que los emisores no estarán obligados a entregar impresa la factura.
Los que opten por este mecanismo, tendrán restringido el uso de sellos digitales.
La resolución miscelánea fiscal para 2014 todavía no está publicada en el Diario Oficial.
Para los incumplidos inconformes
Según el Código Fiscal de la Federación, el SAT puede hacer públicos los datos de los contribuyentes inclumplidos. Si es su caso, usted puede inconformarse:
• Tiene el derecho de solicitar una aclaración al SAT, en la cual puede aportar las pruebas que le convengan.
• La aclaración puede presentarse en la opción "Mi portal" dentro del sitio del SAT, personalmente en un módulo o a través del 001800 4636 728.
• El SAT tiene la obligación de resolver en tres días hábiles luego de recibir el documento.
• Si es procedente la aclaración, se eliminarán los datos del contribuyente publicados en la página.
Fuente: SAT
lunes, 9 de diciembre de 2013
10 Cosas que debes saber sobre factura electrónica
A partir del 1 de enero de 2014 será obligatorio el uso de la Factura Electrónica. Como han habido cambios, te decimos qué es lo más importante que debes saber para comenzar a usar el nuevo modelo de facturación, pues de lo contrario será imposible hacerlo o emitir recibos de pago de nómina.
1 Las facturas impresas con código de barras y las facturas en la versión de Comprobante Fiscal Digital (CFD) ya no serán válidas para deducir el ISR y acreditar el IVA. Ahora, deberás usar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
2 Para usar los CFD, el contribuyente debía ganar 250 mil pesos o más. Con los CFDI, no importa el ingreso, es obligatorio para todos.
3 El nuevo complemento de nómina contiene datos adicionales como CURP, fecha de inicio de relación laboral, número de semanas contratadas, número de seguridad social, tipo de jornada, contrato laboral e incapacidades.
4 Para cambiar al CFDI necesitas contar con tu Firma Electrónica Avanzada (FIEL), tramitar tu Certificado de Sello Digital en el sitio web del SAT y ponerte en contacto con uno de los Proveedores Aprobados de Certificación (PAC).
5 Actualmente existen 70 PAC. Para conocer cuales son y obtener datos de contacto, consulta la página web del SAT.
6 Define cuáles son tus necesidades de facturación y busca un PAC que se adapte a ellas.
7 Un PAC te debe ofrecer servicios como la emisión de los CFDI, el nuevo complemento de nómina, timbrado y un conjunto de beneficios gratuitos como integración de logotipo, acceso al sistema desde cualquier lugar a cualquier hora, así como asesoría y soporte.
8 Para identificar a un proveedor confiable, asegúrate que el precio sea justo, que identifique tus necesidades y que te dé una prueba gratuita, además de beneficios adicionales al sistema de facturación.
9 La Facturación Electrónica ofrece beneficios como seguridad, eficiencia en los procesos administrativos y ahorro en gastos de impresión.
10 Los PAC y el SAT trabajan de la mano por lo que te puedes comunicar con ellos si tienes alguna duda.
Fuente: Luis Jorge Arana, director comercial de DigiFact; y Daniel Valdez, director comercial de InvoiceOne.
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