Disminuye
el porcentaje de gastos que se pueden deducir sin contar con un comprobantes
que no reúnan requisitos fiscales
Resolución
de facilidades administrativas que estarán vigentes en 2013
El SAT dio a conocer la resolución
de facilidades administrativas
que estarán vigentes en 2013 y que resultan aplicables al sector primario y al
sector de autotransporte.
Este documento conserva casi la
misma estructura aplicable para 2012, salvo en cuanto a la disminución en los
porcentajes de deducciones que los causantes podrán aplicar tal y como se
muestra enseguida:
Actividad del contribuyente
|
Concepto
|
Porcentaje 2013
|
Sector Primario |
Mano de obra de trabajadores eventuales del campo,
alimentación de ganado y gastos menores |
14% (antes16%) |
Autotransporte de Carga Federal |
Se permitirá la deducción sin documentación que reúna
requisitos fiscales, si se cumplen ciertos requisitos |
8% (antes 9%) |
Autotransporte Foráneo de Pasaje y Turismo |
Gastos de viaje, gastos de imagen y limpieza, compras de
refacciones de medio uso y reparaciones menores |
5% (antes 6%) |
Deducción sin documentación que reúna requisitos
fiscales, si se cumple con ciertos requisitos |
8% (antes 9%) |
|
Autotransporte de Carga de Materiales y de Pasajeros
Urbano y Suburbano |
Pagos a trabajadores eventuales, sueldos o salarios que
se le asignen al operador del vehículo, personal de tripulación y macheteros,
gastos por maniobras, refacciones de medio uso y reparaciones menores |
10% (antes 12%) |
En todos los sectores
descritos, tratándose del pago de consumos de combustible con medios distintos
a cheque, tarjeta o monedero, la deducción será del 20% (antes 27%).
Las deducciones que prevén
facilidades se aplicarán hasta por el siguiente importe:
|
Total de ingresos acumulables |
Menos: |
Deducciones autorizadas (no sujetas a facilidades) |
Igual: |
Monto de la deducción |
Cuando las deducciones
autorizadas conforme a la LISR por las que no se aplican las facilidades a que
se refiere la Resolución, sean mayores a los ingresos acumulables obtenidos en
el ejercicio, no se disminuirá monto alguno
por concepto de la deducción.
idconline
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